En ettitude, nuestra misión es crear un mundo tan cómodo hoy como lo será dentro de 100 años para todos los seres vivos. En línea con nuestra misión y como parte de nuestros esfuerzos continuos de sostenibilidad, hemos desarrollado el Código de Conducta de Proveedores de ettitude (Código) para asegurar que todas las actividades comerciales de los proveedores en nombre de ettitude cumplan con los estándares éticos y legales que protegen a las personas y el medio ambiente. Estos estándares se basan en normas internacionales reconocidas y respetadas, incluyendo la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las mejores prácticas de la industria. Nuestro Código se aplica por igual a todos los niveles de nuestra cadena de suministro, desde la granja hasta la fábrica de prendas de vestir, incluyendo todos los subcontratistas y subproveedores.
El cumplimiento de estas normas es una expectativa para hacer negocios con ettitude, ya que el Código define los estándares mínimos no negociables que pedimos a nuestros proveedores y a sus subproveedores o subcontratistas (proveedores) que respeten y cumplan. ettitude busca desarrollar y fortalecer asociaciones basadas en un compromiso compartido de transparencia, colaboración y respeto mutuo. Reconocemos que nuestros proveedores son empresas independientes y los empleadores exclusivos de sus trabajadores. Aunque ettitude valora que nuestros proveedores operen en una variedad de entornos legales, geográficos y culturales diferentes, esperamos que todos los proveedores cumplan con el Código y esperamos que se esfuercen por superar estos estándares. Los estándares de este Código son adicionales a, y no sustituyen, las disposiciones de cualquier acuerdo legal o contrato entre un proveedor y ettitude.
- Cumplimiento de la ley. Las actividades comerciales de los proveedores deben cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables en los países y jurisdicciones en los que operan. Este Código se aplica a las actividades en los lugares donde se producen los bienes de los "proveedores", los subproveedores y donde se prestan los servicios relacionados, y donde los bienes entran en la cadena de suministro.
- Relación laboral. Los empleadores deben adoptar y cumplir normas y condiciones de empleo que respeten a los trabajadores y, como mínimo, salvaguarden sus derechos según las leyes y regulaciones laborales y de seguridad social locales, nacionales e internacionales.
- Trabajo infantil. Los proveedores no emplearán a ninguna persona menor de 15 años, o menor de la edad de finalización de la educación obligatoria, o la que sea mayor. Los proveedores no emplearán a trabajadores jóvenes (menores de 18 años) en ningún trabajo que pueda poner en peligro su salud, seguridad, educación o desarrollo. En el caso de una empresa familiar, y de acuerdo con la legislación local, los proveedores podrán emplear a los hijos del propietario (menores de 15 años) siempre que el trabajo no sea peligroso y no impida la educación obligatoria. (Convenios 138 y 182 de la OIT)
- Trabajo forzoso. Los proveedores no deben utilizar ninguna forma de trabajo forzoso, ya sea en forma de trabajo penitenciario, servidumbre por deudas, esclavitud u otras formas de trabajo forzoso. Los actos de trata de personas están prohibidos. Todo el trabajo debe realizarse de forma voluntaria, y no bajo amenaza de sanción o represalia. Todos los trabajadores deben tener acceso y/o control de sus documentos de ciudadanía y viaje en todo momento y se les garantiza plena libertad de movimiento. Los proveedores deben supervisar a cualquier entidad tercera que les ayude a reclutar o contratar empleados, para asegurar que las personas que buscan empleo en sus instalaciones no sean obligadas a trabajar por la fuerza, el engaño, la intimidación, la coacción o como castigo por tener o expresar opiniones políticas. (Convenios 29, 105, 182 de la OIT)
- Acoso, abuso y prácticas disciplinarias. Todo empleado debe ser tratado con respeto y dignidad. Los proveedores de ettitude deben comprometerse a tener un lugar de trabajo libre de acoso y no tolerarán de ninguna manera el acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal, ni las multas monetarias o actos vergonzosos como medida disciplinaria. (Convenio de la OIT: 190)
- No discriminación. Ninguna persona será objeto de discriminación en ningún aspecto del empleo, relación, incluyendo el reclutamiento, la contratación, la compensación, los beneficios, las asignaciones de trabajo, el acceso a la capacitación, el ascenso, la disciplina, la terminación o la jubilación, por motivos de sexo o género, identidad de género, expresión de género, edad, raza, credo religioso, color, casta, origen nacional, ascendencia, opinión política, afiliación sindical, embarazo, discapacidad física o mental, condición médica, enfermedad, información genética, estado civil, orientación sexual, grupo étnico, situación socioeconómica o cualquier servicio, pasado, presente o futuro, en los servicios uniformados (estatus militar o veterano), o cualquier otra consideración protegida por la ley local. Todas las decisiones de empleo deben tomarse basándose en el principio de igualdad de oportunidades de empleo, e incluirán mecanismos efectivos para proteger a los trabajadores migrantes, temporales o estacionales contra cualquier forma de discriminación. (Convenios 100 y 111 de la OIT)
- Libertad de asociación y negociación colectiva. Los trabajadores deben ser libres de unirse a las organizaciones de su elección. Los proveedores de ettitude deben reconocer y respetar el derecho de los empleados a la libertad de asociación; a formar y unirse a sindicatos y otras organizaciones de trabajadores y a participar en la negociación colectiva sin temor a acoso, interferencia o represalias. Todos los proveedores deben dar acceso a los representantes de los trabajadores al lugar de trabajo para que puedan desempeñar sus funciones de representación, de acuerdo con las normas laborales internacionales. Todos los proveedores deben desarrollar e implementar plenamente mecanismos de queja efectivos que resuelvan las disputas industriales internas, las quejas de los empleados y garanticen una comunicación efectiva, respetuosa y transparente entre los empleados, sus representantes y la gerencia. (Convenios 87, 98 y 135 de la OIT)
- Salarios y beneficios. ettitude apoya el derecho de los trabajadores a una compensación justa por una semana laboral regular que sea suficiente para cubrir las necesidades básicas del trabajador y su familia y proporcionar algunos ingresos discrecionales. Los proveedores pagarán salarios iguales o superiores al salario mínimo o al salario predominante apropiado, el que sea mayor. Los proveedores deben cumplir con todos los requisitos legales de salario y proporcionar cualquier beneficio adicional requerido por ley y/o contrato. Además de la compensación por las horas regulares de trabajo, los empleados deben ser compensados por las horas extras a la tarifa legalmente requerida en el país de fabricación o, en aquellos países donde dichas leyes no existen, a una tarifa que exceda la tarifa de compensación horaria regular en al menos un 125%. (Convenios 26 y 131 de la OIT)
- Horas de trabajo. Los proveedores no exigirán a los trabajadores que trabajen más allá de las horas regulares y extraordinarias permitidas por la legislación del país donde estén empleados. La semana laboral regular no excederá las 48 horas o el máximo permitido por la legislación del país de fabricación, lo que sea menor. Los proveedores respetarán el derecho de todos los trabajadores a tomar descansos durante los turnos de trabajo y permitirán a los trabajadores al menos 24 horas consecutivas de descanso cada siete días. Todo el trabajo extraordinario debe ser voluntario. Ninguna persona será objeto de amenaza, sanción o trato injusto en relación con el acuerdo o no acuerdo de trabajar horas extraordinarias. Salvo en circunstancias excepcionales, la suma de las horas regulares y extraordinarias en una semana no excederá las 60 horas. (Convenio 1 de la OIT)
- Salud y seguridad. Los proveedores deberán proporcionar un lugar de trabajo seguro y saludable para prevenir accidentes y daños a la salud derivados, relacionados o que ocurran durante el curso del trabajo o como resultado de la operación de los empleadores. El empleador deberá adoptar un enfoque proactivo en materia de salud y seguridad mediante la implementación de políticas, sistemas y capacitación diseñados para prevenir accidentes, lesiones y proteger la salud de los trabajadores. (Convenio 155 de la OIT)
- Subcontratación. ettitude no permite la subcontratación sin nuestra aprobación previa por escrito. Todos los pedidos de muestras de ventas y de producción a granel deben realizarse en instalaciones que hayan sido previamente aprobadas por ettitude, sin excepción. Los proveedores directos deben monitorear continuamente a los subcontratistas y subproveedores aprobados en cuanto a responsabilidad social y ambiental utilizando estándares que cumplan o superen nuestro Código.
- Transparencia y trazabilidad. ettitude reconoce la responsabilidad conjunta con sus proveedores para garantizar la responsabilidad social y ambiental y la integridad de las declaraciones del contenido de nuestros productos. ettitude exige a los proveedores que rastreen y monitoreen todas las ubicaciones en todos los niveles de su cadena de suministro y, previa solicitud, proporcionen información transparente sobre las granjas, molinos, plantas, fábricas y otros sitios propios y/o subcontratados que participan en la producción de nuestros productos. Todos los proveedores también deben garantizar que todas las declaraciones de materiales y productos terminados estén respaldadas por certificaciones de terceros.
- Código de Comunicación. Todos los proveedores deben destacar la dirección de correo electrónico de quejas de ettitude dentro de este documento y publicar las normas completas del Código de Conducta de Proveedores de ettitude en un lugar visible frecuentado por todos los empleados en los idiomas locales hablados por los empleados, supervisores y gerentes. Los proveedores deben ser totalmente transparentes al someterse a evaluaciones in situ, así como mantener toda la documentación precisa necesaria para demostrar el cumplimiento del Código. Esto incluye el acceso completo a las instalaciones de producción, los registros de los empleados y los empleados para entrevistas confidenciales.
- Medio ambiente. ettitude hace negocios con proveedores que comparten nuestra urgencia y compromiso con la preservación del medio ambiente. Pedimos a todos los proveedores que se comprometan con la excelencia en tecnologías innovadoras que reduzcan los impactos que su fabricación tiene en el medio ambiente, y favorecemos a aquellos que invierten en energía renovable e informan públicamente sus impactos ambientales. Los proveedores deben tener políticas y procedimientos establecidos para gestionar y minimizar sus impactos ambientales. Esto incluye el consumo de recursos, el reciclaje y la gestión responsable de residuos. Los proveedores deben cumplir con todas las leyes locales aplicables en la gestión del agua (residual) y las emisiones atmosféricas. Además, los proveedores deben cumplir con todos los requisitos relacionados con las restricciones químicas, el etiquetado, la manipulación y el almacenamiento seguros de las sustancias aprobadas, al tiempo que previenen o mitigan la liberación de productos químicos y materiales peligrosos. Todos los empleados que manipulan productos químicos deben estar adecuadamente capacitados para hacerlo.
- Comunidad. ettitude fomenta y se alinea con proveedores comprometidos con sus comunidades. Al invertir en infraestructura y crear oportunidades educativas, asumimos una posición de liderazgo junto con nuestros proveedores en la promoción del desarrollo social en las comunidades donde trabajamos y vivimos.
- Mejora continua. Se espera que todos los proveedores tomen las medidas correctivas necesarias para remediar rápidamente cualquier incumplimiento y se esfuercen por la mejora continua. ettitude se reserva el derecho de rescindir las relaciones comerciales con cualquier proveedor que no esté dispuesto o no pueda cumplir con el Código.
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